Condiciones generales de transporte de viajeros

Transporte de pasajeros en las motonaves
de la Navigazione Golfo dei Poeti

Condiciones generales de transporte de viajeros

  • 1. Definiciones

    • 1.1. A efectos de las presentes Condiciones Generales de Transporte:

      • 1.1.1. Empresa y/o Transportista: Consorzio Marittimo Turistico "5 Terre-Golfo dei Poeti" con domicilio social en Monterosso (SP) Via Padre Semeria, n° 32 C.F. & P.I. 01108560119;
      • 1.1.2. Pasajero: toda persona que haya suscrito un contrato de transporte marítimo de pasajeros y, a tal efecto, sea titular de un billete emitido por el transportista a través de sus canales de venta;
      • 1.1.3. Billete: documento de viaje que prueba la celebración del contrato de transporte o billete de pasaje de conformidad con el artículo 396 del Código de Navegación. El contrato de transporte se refiere al transporte por mar de pasajeros, equipaje y animales acompañantes, desde el puerto de salida hasta el puerto de llegada, tal como se rige por los artículos 396 y siguientes del Código de Navegación y el Reglamento UE 1177/2010.
  • 2. Asunción del servicio

    • 2.1. La Compañía garantiza el transporte marítimo de conformidad con las siguientes Condiciones Generales de Transporte que el pasajero, al adquirir el billete, declara implícitamente conocer, aceptar y observar.
    • 2.2. Las Condiciones Generales de Transporte están disponibles en los Comandos de a bordo, en las taquillas del Transportista y pueden descargarse de www.navigazionegolfodeipoeti.it.
    • 2.3. El texto de las Condiciones Generales de Transporte descargable de www.navigazionegolfodeipoeti.it es el texto auténtico a efectos de identificación del contenido del Contrato.
  • 3. Billetes

    • 3.1. Los billetes pueden adquirirse:
      3.1.1. en las taquillas del transportista;
      3.1.2. en línea en www.navigazionegolfodeipoeti.it;
      3.1.3. mediante una solicitud de emisión acumulativa dirigida a los circuitos turísticos para los que se emitirá un bono que deberá presentarse en las taquillas del Transportista.
    • 3.2. Al comprar el billete, el Pasajero declara explícitamente que ha leído las presentes condiciones generales, que pueden consultarse en la sección correspondiente de la página web de la Compañía www.navigazionegolfodeipoeti.it, en las taquillas y a bordo del buque; declara asimismo que las encuentra conformes a sus deseos y acepta íntegramente su contenido.
    • 3.3. El billete deberá mostrarse en el momento del embarque al personal encargado, junto con el "ejemplar para el pasajero" y el "cupón de embarque válido". El billete es personal e intransferible a otras personas; debe conservarse durante todo el viaje y presentarse a cualquier requerimiento del personal de a bordo o de los agentes de control de la Compañía.
    • 3.4. De conformidad con el artículo 399 del Código de Navegación, el pasajero que embarque sin billete de papel o electrónico (o abono) deberá notificarlo inmediatamente al personal de a bordo, que le expedirá el billete previo pago de la tarifa. A falta de dicha notificación, el pasajero sin billete deberá pagar el doble del precio del viaje hasta el puerto al que se dirija.
    • 3.5. En caso de violación reiterada de las disposiciones del apartado 3 del presente artículo, ya sea en el mismo día o con ocasión de varios viajes, el pasajero sin billete pagará una penalización correspondiente a cinco veces el precio del billete y, a discreción del personal de a bordo de la Compañía, se le podrá prohibir la utilización del servicio de navegación y la entrada en los buques de la Compañía.
    • 3.6. El billete sólo es válido para el trayecto indicado.
    • 3.7. Los pasajeros están obligados a comprobar la exactitud de la información sobre el viaje que figura en el billete en el momento de la compra. En caso de información incorrecta, no se admitirá una reclamación tardía, posterior a la salida. No se pueden emitir duplicados de billetes perdidos o robados.
    • 3.8. El importe total del billete se compone de la tarifa más otros gastos indicados por separado.
    • 3.9. Las tarifas aplicadas por la Compañía incluyen el IVA cuando corresponda. Para conocer las tarifas, consulte el cuadro de tarifas actualizado de la Compañía, que se encuentra en www.navigazionegolfodeipoeti.it y que forma parte integrante de las presentes condiciones generales. Para el transporte de bicicletas u objetos voluminosos similares, la tarifa es la tarifa ordinaria reducida a la mitad.
  • 4. Normas de embarque

    • 4.1. El Pasajero deberá presentarse directamente en el buque a más tardar 30 minutos antes de la hora de salida prevista, tal y como se indica en las publicaciones (billetes, horarios, tarifas y otros avisos) en vigor. Pasada esta hora, el Pasajero pierde todo derecho al embarque. En caso de necesidad y/o seguridad, las salidas podrán adelantarse y/o retrasarse 1/2 hora con respecto a la hora publicada sin que ello dé derecho al Pasajero a reclamar. Por razones de seguridad de la navegación, el Capitán del buque tiene derecho a declarar que se ha alcanzado la capacidad del buque. En este caso, el Pasajero conserva el derecho al transporte para el tramo siguiente del viaje o a solicitar el reembolso del billete según lo previsto en el artículo 9 siguiente.
    • 4.2. Debido a las características morfológicas de determinados lugares alcanzados, no se recomienda el acceso a personas con movilidad reducida. En cualquier caso, el Pasajero declara haber verificado previamente la accesibilidad en relación con sus propias condiciones de salud de los puertos a los que pretende llegar. El Pasajero tiene conocimiento de que la Compañía dispone de un servicio de verificación previa de la accesibilidad del destino en los puertos de las "5 Terre" por teléfono en el número 0187 732987 o por correo electrónico en la dirección info@ngdp.it. La información previa sobre la accesibilidad del destino también puede emitirse en las taquillas.
    • 4.3. En cumplimiento del código internacional ISPS, relativo a la normativa antiterrorista, los Pasajeros están obligados a mostrar la copia en papel de su billete (si lo han recibido) y un documento de identidad válido y deben consentir la inspección de su equipaje, si así lo solicita el Mando del buque, antes del embarque y durante la travesía. Cualquier negativa supondrá la denegación de la autorización de embarque. Por lo tanto, el pasajero está obligado a llevar consigo en todo momento: un documento de identidad válido, el justificante de cualquier reducción y la copia en papel del billete (si la ha recibido).
    • 4.4. Cada Pasajero tiene derecho al transporte gratuito de equipaje de mano. El equipaje deberá contener los objetos personales del Pasajero que se transporten en maletas, cajas o similares, que no tengan estructuras voluminosas y cuyas dimensiones no superen los 50cm. de alto, 50cm. de ancho y 30cm. de fondo. Los pasajeros podrán llevar su propio equipaje bajo su responsabilidad. La Compañía declina toda responsabilidad en caso de robo o deterioro del equipaje. El Transportista no asume ninguna responsabilidad ni por el equipaje guardado por el pasajero ni por el equipaje depositado en las zonas previstas a tal efecto, salvo prueba de culpa de la Compañía. No obstante, incluso en caso de responsabilidad probada de la Compañía, la indemnización global no podrá superar los límites establecidos por el Reglamento 392/2009
    • 4.5. Las condiciones médicas especiales deben declararse en el momento del embarque. El Transportista podrá denegar el embarque a los Pasajeros que requieran asistencia médica durante el viaje. Si el Pasajero presenta un certificado médico adecuado expedido por un centro sanitario público (hospital, ASL) en el que conste que el Pasajero no requiere asistencia médica durante el transporte, el Transportista embarcará al Pasajero, declinando toda responsabilidad al respecto. El Capitán también tiene pleno derecho a denegar el embarque a cualquier persona que se encuentre en un estado físico o mental que no le permita emprender el viaje o a cualquier persona que, debido al abuso de drogas, alucinógenos, alcohol, sea peligrosa para los demás Pasajeros. En todos los casos anteriores, el pasajero no tendrá derecho a indemnización por daños y perjuicios y será responsable de los daños causados a su persona, al buque, a todas sus instalaciones y/o equipos, a terceros, así como a los bienes de terceros. La aceptación del pasajero a bordo por el transportista no se considerará como una renuncia a cualquier derecho a hacer valer reservas posteriores sobre el estado del pasajero, conocido o no por el transportista en el momento del embarque y/o salida del buque.
    • 4.6. Las mujeres embarazadas que hayan cumplido 6 meses de gestación deberán estar en posesión de un certificado médico que autorice el viaje, que deberá presentarse a petición de la tripulación de cabina. En caso de embarazo con complicaciones, la pasajera embarazada deberá, obligatoriamente, estar en posesión de un certificado médico que autorice el viaje, independientemente del mes de gestación. El Mando de a bordo también tiene plena autoridad para denegar el embarque. El consentimiento al embarque por parte del Transportista no se considerará como una renuncia a sus reservas sobre el estado de la pasajera, conocido o no por el Transportista en el momento del embarque y/o de la salida. El pasajero no tendrá derecho a indemnización por daños y perjuicios y será responsable de los daños causados a sí mismo, al buque, a todas sus instalaciones y/o equipos, a terceros y a los bienes de terceros.
    • 4.7. Al reservar y/o comprar su Billete, los pasajeros deberán indicar que son personas con movilidad reducida, a fin de recibir la asistencia adecuada para que su travesía sea cómoda y sin contratiempos. Para facilitar el acceso al buque, los pasajeros con movilidad reducida deberán presentarse al responsable de embarque al menos 45 minutos antes de la hora de salida.
  • 5. Normas de conducta durante el viaje

    • 5.1. El capitán del buque es un oficial de policía judicial y, como tal, ejerce los poderes contemplados en los artículos 221 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, en caso de que se cometan infracciones a bordo durante la navegación y ejerce su autoridad sobre todas las personas a bordo (tripulación y pasajeros).
    • 5.2. Los pasajeros, desde el momento del embarque hasta el desembarque, incluso en las zonas de embarque y desembarque y en las inmediaciones de los mostradores de venta de billetes, deberán cumplir las instrucciones del mando de a bordo; deberán comportarse con la diligencia y prudencia comunes, velando por su propia seguridad, la de las personas y animales a su cargo, así como por la seguridad de sus pertenencias, y mayormente cuando las condiciones meteorológicas y marítimas del viaje lo requieran.
    • 5.3. Los pasajeros no deben obstaculizar al personal durante las maniobras de atraque deteniéndose en las zonas previstas a tal efecto.
    • 5.4. Los pasajeros están obligados a comportarse de manera civil y respetuosa, evitando cualquier comportamiento ofensivo o perjudicial hacia los demás pasajeros y el personal de navegación, y en cualquier caso está estrictamente prohibido:
      • a.    comportarse de manera que sea o pueda ser perturbadora o molesta para los demás pasajeros;
      • b.    ejercer la profesión de vendedor, cantante, músico y similares a bordo y ofrecer servicios o acompañamiento a los pasajeros;
      • c.    introducir en las salas animales o cosas que puedan molestar a los pasajeros o que sean contrarios a la higiene y al decoro, salvo la excepción prevista en el cuarto párrafo del artículo 10;
      • d.    tumbarse en los sofás o colocar los zapatos en los asientos;
      • e.    utilizar dispositivos de difusión;
      • f.    manipular el mobiliario y el equipo a bordo, los pasajeros deberán dirigirse exclusivamente al personal del buque
      • g.    traer o conservar en su equipaje armas y municiones que deberán ser entregadas al Mando del buque en el momento del embarque y sólo serán recogidas en el momento del desembarque, sin perjuicio de las disposiciones vigentes que regulan el porte de armas para el personal de las Fuerzas Armadas y de Policía;
      • h.    traer consigo o en su equipaje materiales inflamables, explosivos o corrosivos;
      • i.    Saltar del barco.
    • 5.5. El Pasajero está obligado a cumplir las normas de seguridad e higiene pública. En particular, a título enunciativo pero no limitativo, no deberá ensuciar asientos y mobiliario ni tirar objetos de ningún tipo en tierra o en mar (véase la Política Medioambiental de la Compañía) ni fuera de los contenedores adecuados para la recogida de residuos y debe utilizar los aseos sin causar la obstrucción o el ensuciamiento.
    • 5.6. Los pasajeros no deben ocupar más de un asiento por persona y no deben ocupar espacios adyacentes a los dispositivos de seguridad.
    • 5.7. En cualquier caso, la compra de un billete no constituye un derecho automático en cuanto a la disponibilidad de plazas, ya que la capacidad del buque, en cuanto al número máximo de personas que puede transportar, se determina en función de la normativa específica vigente.
    • 5.8. La Compañía se reserva el más amplio derecho de exigir al pasajero el pago de los daños materiales causados a bordo de la motonave o a las instalaciones de la Compañía en las zonas dedicadas a los servicios de embarque, desembarque y venta de billetes.
    • 5.9. Cualquier incumplimiento dará lugar, en su caso, además de la posible reprimenda por parte del personal encargado de los controles a bordo, a la intervención de la policía, que podrá ser convocada para actuar.
    • 5.10. En caso de incumplimiento de las obligaciones de conducta establecidas en el presente artículo o que puedan comprometer la seguridad de la navegación y/o de los demás Pasajeros, el Capitán del buque podrá proceder al desembarco, lo antes posible, del Pasajero considerado responsable del incumplimiento.
  • 6. Responsabilidad y obligaciones especiales del viajero

    • 6.1. El Pasajero es responsable de todos los daños causados (por él o por personas o animales bajo su custodia) al buque, a su mobiliario, estructuras y accesorios, a su equipo, a otros pasajeros, a los empleados o colaboradores del Transportista, a terceros, así como de todas las sanciones, multas y/o gastos a los que, por su culpa, sea sometido el Transportista por cualquier autoridad.
    • 6.2. El Pasajero está obligado a cumplir las normas de conducta dictadas por la prudencia, también en relación con los riesgos típicos de la navegación. En particular, el Pasajero reconoce que el hecho técnico de la navegación está sujeto por naturaleza a las condiciones meteorológicas y marítimas e implica movimientos invariables de balanceo y/o cabeceo, así como condiciones generales de humedad de las superficies, tanto externas como internas. Por lo tanto, el Pasajero se compromete a seguir todas las indicaciones del Mando de a bordo y las señales a bordo, a utilizar todos los asideros y pasamanos de apoyo y sujeción, y en general a adoptar una conducta prudente, declinando toda responsabilidad por daños a personas y/o bienes causados por una conducta imprudente.
    • 6.3. Los menores de 16 años no pueden viajar solos. Deben estar bajo la custodia y control de sus padres y/o bajo la responsabilidad de un tutor/tutor adulto acompañante y no pueden viajar por el barco sin compañía.
    • 6.4. Los jóvenes de entre 16 y 18 años pueden viajar sin acompañante, con una exención parental cumplimentada y una copia del documento de identidad válido de sus padres o tutores legales.
    • 6.5. Se entiende que todos los pasajeros, incluidos los menores de 18 años, deben estar en posesión de un documento de identidad válido en todo momento.
    • 6.6. Los pasajeros que incluyan en su equipaje o introduzcan de cualquier otro modo a bordo sustancias y objetos de tenencia ilícita o de contrabando serán responsables ante el Transportista y/u otras partes obligadas de los daños, multas y sanciones en que puedan incurrir como consecuencia de dicha introducción.
    • 6.7. En caso de que se produzca un accidente durante el transporte o durante el embarque o desembarque, el Pasajero deberá notificarlo inmediatamente al Capitán del buque para que se elabore un informe especial. En caso contrario, no se podrá reclamar indemnización alguna por los accidentes no constatados.
  • 7. Transporte de animales

    • 7.1. Se aceptan mascotas a bordo de los buques siempre en compañía de su dueño y siempre que se respeten las siguientes normas:
      • a    Las correas y los bozales son obligatorios para los perros, al igual que las jaulas especiales para gatos y otros animales pequeños;
      • b    Cada animal debe disponer de un certificado de vacunación y de buena salud con una validez máxima de 6 meses a partir de la fecha de expedición;
      • c    los recipientes de alimentos y bebidas deben estar provistos de una tapa para evitar derrames.
    • 7.2. La Compañía podrá denegar el embarque a cualquier animal que, por sus características particulares (mal olor, estado de salud, higiene o comportamiento agresivo), resulte molesto o peligroso para los demás Pasajeros.
    • 7.3. La Compañía declina toda responsabilidad por los daños de cualquier tipo que puedan producirse durante la travesía (enfermedad, lesión o muerte del animal).
    • 7.4. El Pasajero es responsable de los daños que pueda sufrir la Compañía como consecuencia del transporte de animales de compañía que no dispongan de la documentación necesaria.
  • 8. Responsabilidad y derechos del transportista

    • 8.1. La responsabilidad y los derechos del Transportista se rigen por el Reglamento (CE) nº 392/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo titulado "Responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente".
    • 8.2. Para los transbordadores que operan en servicio regular con embarque y escala en las estaciones de desembarque de las 5 Terre (Riomaggiore, Manarola, Corniglia, Vernazza y Monterosso), por razones técnicas relacionadas con la seguridad de la navegación, no será posible efectuar la travesía en caso de condiciones meteorológicas y marítimas adversas. Si el capitán del buque, a su entera discreción, constata tales condiciones meteorológicas y marítimas, la salida del buque se cancelará por causa de fuerza mayor y el pasajero conservará el derecho a realizar la travesía en una fecha de salida posterior. En tal caso, el pasajero sólo tendrá derecho al reembolso de la diferencia de tarifas (véase el artículo 9 de la reclamación), con exclusión de cualquier otra indemnización por daños y perjuicios.
    • 8.3. En caso de imposibilidad de desembarcar en uno de los puertos previstos por causa de fuerza mayor, el pasajero podrá desembarcar en uno de los puertos de escala posteriores, sin recargo en el precio del billete y sin derecho a indemnización o reembolso.
    • 8.4. En caso de cancelación de una travesía, por el motivo que sea, los pasajeros pueden elegir entre el reembolso del billete inicialmente adquirido, como compensación, o la aceptación de una travesía alternativa. La aceptación de una travesía alternativa implica la renuncia al reembolso de la travesía inicial. En tal caso, la sustitución de la travesía o el reembolso del billete deberá solicitarse según el procedimiento adecuado, tal como se indica en el artículo 9.
    • 8.5. Si el viaje se interrumpe por causas imprevisibles o de fuerza mayor, el pasajero tiene derecho al reembolso del precio del billete en proporción a la distancia recorrida. Se entiende que el reembolso del precio del billete no superará la mitad del precio íntegro del billete adquirido. En tales casos, el procedimiento de reembolso de la parte del precio del billete se rige por el artículo 9 siguiente.
    • 8.6. Los tiempos de travesía son indicativos y se calculan en función de la distancia entre los puertos y en condiciones meteorológicas favorables.
    • 8.7. La Compañía no abonará indemnización o compensación alguna en caso de retraso con respecto a las horas de salida o llegada previstas.
    • 8.8. La Compañía se reserva el derecho de modificar unilateralmente las presentes condiciones generales publicándolas en la sección correspondiente de la página web www.navigazionegolfodeipoeti.it, fijándolas en las taquillas y a bordo de los buques. Se entiende que se aplicarán al Servicio las condiciones generales de transporte vigentes en el momento de la compra del billete.
    • 8.9. La Compañía tiene derecho a adoptar normas de conducta para los Pasajeros durante el transporte y las operaciones de embarque y/o desembarque. El Reglamento se expondrá en las taquillas y a bordo de los buques. Todos los pasajeros están obligados a cumplir sus disposiciones, ya que forman parte integrante y sustancial de las presentes condiciones generales.
  • 9. Denuncia

    • 9.1. En todos los casos en que las presentes condiciones generales de contratación prevean el derecho del Pasajero al reembolso del precio del billete o a la sustitución del trayecto, el Pasajero deberá dirigirse a las taquillas de la Compañía y formular su solicitud de conformidad con lo dispuesto en las presentes condiciones generales de contratación.
    • 9.2. Cualquier queja o reclamación podrá dirigirse por correo certificado con acuse de recibo al Consorzio Marittimo Turistico 5 Terre Golfo dei Poeti Via Minzoni #13 19121 La Spezia, o por pec a la siguiente dirección de correo electrónico certificado: consorziomarittimo@ticertifica.it
  • 10. Seguros

    • El Transportista sólo está asegurado respecto a su responsabilidad frente a terceros.
  • 11. Privacidad

    • 11.1. De conformidad con el artículo 13 del Reglamento UE nº 2016/679, por el que se establecen disposiciones en materia de protección de datos personales, la Empresa, en su calidad de responsable del tratamiento, informa de que los datos personales facilitados por los pasajeros serán tratados con fines estrictamente relacionados con la gestión de la relación contractual y la prestación de los servicios, incluso mediante sistemas de información, adecuados para garantizar su seguridad y confidencialidad.
    • 11.2. Los avisos de privacidad están disponibles en www.navigazionegolfodeipoeti.it en la sección "privacy" y se dan por reproducidos aquí.
  • 12. Jurisdicción

    • 12.1. Para cualquier controversia que surja en relación con la aplicación o interpretación de las presentes condiciones generales, el Tribunal de La Spezia será el único competente, sin perjuicio de la competencia obligatoria prevista por la ley italiana para la protección del consumidor.
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